8Noviembre2011
Posted by admin under: Actualidad ACCI CLM.
No votes a los partidos que no apoyen decididamente la reforma de las condiciones de divorcio.
Que no apoyen la erradicación de los tics de la Justicia en asuntos de familia.
Que no desvinculen las denuncias falsas de esos procesos.
Que no promuevan un conocimiento profundo de estas cuestiones de jueces y fiscales y equipos psicosociales.
Que no realicen campañas a favor de la imagen de la paternidad responsable y de la familia independiente.
Que no pretendan la injerencia en las decisiones privadas.
Que no abandonen el remoquete falaz de los progenitores no se hablan para denegar la custodia compartida.
Que no concedan custodias a hombres tanto como a mujeres.
Que no premien el diálogo antes que su condena.
Que no revisen las condenas y los procesos de hombres injustamente inculpados.
Que no los compensen.
Que no antepongan el verdadero interés del menor antes que los intereses espurios de quienes frivolizan con ellos, con la justicia, con la vida de los otros.
No les votes.
Que no te engañen sus oropeles de última hora. No te olvides de todas las injusticias que han mantenido con sus dejes prepotentes y totalitarios, sin escuchar más que a quienes les prometían un sector de votos.
Que no tengan el nuestro.
No les entregues tu futuro y el de tus hijos.
Otras soluciones políticas son posibles.
Elígelas.
No está apoyando el progreso sino la involución el partido que pretenda mantener el actual panorama legislativo en cuestiones de familia. Los que más, no hacen sino manifestaciones tibias y desabridas
Elige la libertad, la responsabilidad y la justicia frente a la dictadura, la frivolidad y el atropello.
7Noviembre2011
Posted by admin under: Actualidad ACCI CLM.
Madridnoviembre2011
madridnoviembre2011@gmail.com
Como en años anteriores, con motivo del Día Internacional de los Derechos del Niño (*), el próximo domingo, día 13 de noviembre, tendrá lugar la manifestación anual en pro de los derechos de nuestros hijos.
Y nos manifestamos, no por motivos políticos, ni para para reivindicar mejoras económicas, como suele hacerse en las manifestaciones más tradicionales; ni mucho menos para exigir un trato de favor, cuotas de participación, subvenciones u otros privilegios basados en el sexo, como algunos colectivos vienen haciendo desde hace décadas.
Nuestra protesta tiene motivos mucho más graves: nos manifestamos contra la violación institucionalizada de derechos humanos básicos.
Nos manifestamos contra el atropello de unas leyes y unas prácticas judiciales que tratan a los hijos de separados y divorciados como propiedad material de la madre y los condenan a un régimen de orfandad artificial y exclusión de la figura paterna. La Ley 30/1981, que ahora cumple treinta años, y las ulteriores disposiciones y jurisprudencias derivadas de ella han llevado la experiencia de esa orfandad artificial a todos los rincones de la sociedad.
Nos manifestamos contra ese régimen de innecesaria crueldad que habla por sí sólo y que, en mayor o menor medida, ha salpicado ya a todas las familias españolas. Cientos de estudios científicos, los más elementales principios humanitarios y el simple sentido común reiteran que el mejor interés del niño pasa por mantener lazos estrechos con el padre y la madre tras la separación o el divorcio de ambos. La inmensa mayoría de españoles lo entiende así, y la custodia compartida es la opción que prevalece en todo tipo de consultas y encuestas. Sólo las presiones insensatas del lobby feminista y su rechazo radical de la figura paterna y los valores masculinos explican que, a pesar de esa preferencia mayoritaria de la sociedad, la custodia compartida siga siendo una utopía sin reflejo pleno en el ordenamiento jurídico y en la práctica judicial.
Nos manifestamos contra la perversidad de unas leyes sexistas que, en los conflictos de pareja, penalizan al hombre por el hecho de serlo y establecen la presunción de culpabilidad para el varón, poniéndolo a merced de cualquier denuncia falsa; en particular, nos manifestamos contra la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que establece tipificaciones más graves y prevé sanciones más severas para los mismos actos cuando los comete el varón contra la mujer, y no al revés.
Nos manifestamos contra el régimen jurídico descrito, que constituye la violación de los derechos humanos más generalizada en los países occidentales y, en particular, en España, que mantiene en vigor la legislación más radical en la materia: no sólo la mencionada Ley Orgánica 1/2004, claramente incompatible con la Constitución y con los tratados de derechos humanos firmados por España en el marco de las Naciones Unidas y la Unión Europea, sino otras leyes y jurisprudencias menos conocidas, como la Ley Orgánica 15/2003, que prevé las órdenes de alejamiento automáticas, o la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que avala las denuncias de malos tratos sin necesidad de pruebas, con la simple palabra de la mujer.
La aplicación conjunta de esas legislaciones –sobre divorcio y sobre violencia “contra la mujer”– ha causado y sigue causando un gran daño social, cuyos resultados más visibles en los casos de separación y divorcio son los siguientes:
1) se concede de forma casi automática la custodia de los hijos a la madre, y se reserva al padre el derecho de “visita” durante algunos días al mes, convirtiendo a los niños en huérfanos artificiales;
2) subsidiariamente, se despoja económicamente al padre, que se ve obligado a abandonar la vivienda familiar (aunque ello no le exima, en su caso, de seguir pagando la hipoteca) y abonar pensiones sobre cuyo destino no puede ejercer ningún control;
3) se reconoce mayor credibilidad a la mujer en caso de cualquier denuncia infundada de amenazas o malos tratos, arma de gran eficacia que conlleva de forma casi automática el alejamiento del padre por orden judicial y la prohibición de ver a sus hijos, o la restricción de verlos sólo durante algunas horas en un punto de encuentro supervisado;
4) se supedita la custodia compartida al mutuo acuerdo de ambos progenitores (poco probable entre personas en proceso de divorcio) y se premia el obstruccionismo de la madre otorgándole la custodia exclusiva;
5) se concede mayor credibilidad a la mujer en casos de denuncias sin pruebas y se dejan impunes las denuncias falsas, que se han convertido en una eficaz estrategia de divorcio; y
6) se establece una dinámica de “parte ganadora” y “parte perdedora”, se fomenta la conflictividad y se crea el caldo de cultivo para formas más graves de violencia.
Por estas razones, en el Dia Internacional de los Derechos del Niño, queremos hacer un llamamiento para que deje de utilizarse “el interés del menor” como garantía de otros intereses más inconfesables y expresar nuestro rechazo contra las leyes sexistas basadas en la ideología de género y los perniciosos efectos sociales descritos.
En la seguridad de que, al igual que nosotros, Ud. tiene como principal tarea el procurar el mayor bienestar posible a los niños, presentes y futuros, y que este bienestar no puede ser la orfandad artificial a la que se les condena en los procesos judiciales de familia, por la presente queremos invitarle a participar junto a nosotros en este acto reivindicativo y festivo, que tendrá lugar en Madrid a partir de las 12 horas.
Los lemas de la manifestación son:
· Derogación de las leyes sexistas basadas en la ideología de género.
· Custodia Compartida, sí.
· Denuncias falsas, no.
· Síndrome de Alienación Parental, no.
Queremos recordarle las nefastas consecuencias en nuestros hijos de la legislación y práctica judicial actual. Baste recordar que el 90% de los menores recluidos en cárcel son hijos de padres separados.
El colectivo de afectados, los propios hijos, padres, madres, hermanos, abuelos, tíos, segundas esposas, etc., que supone más de cuatro millones de personas, sabremos agradecer su apoyo a nuestra causa con su presencia, junto a los afectados, en la manifestación.
Atentamente,
Francisco Zugasti Agüí.
Asociación PROJUSTICIA
www.projusticia.es/madridnoviembre2011.html
www.projusticia.es/madridnoviembre2011/documentos/dia-universal-del-nino-20-de-noviembre.htm
Asociaciones convocantes (www.projusticia.es/madridnoviembre2011/convocantes-2011.html)
Asociación para el estudio del maltrato y el abuso
Asociación SOSPAPA
Asociación PROJUSTICIA
Asociación custodia compartida por nuestros hijos
Asociación Nacional de Afectados por el Sídrome de Alienación Parental
Asociación de abuelos separados de sus nietos
Asociación Ambos
Grupo Padres e Hijos
Asociación Segundas esposas
Asociación Hijos de padres separados
Asociación de afectados por errores y negligencias judiciales
Asociación Padres maltratados
Denuncias al Estado
Jueces a juicio
APLICC, Asociación para la igualdad y la custodia compartida, Tarragona
Asociación La Terraza. Euskadi
Asociación La Terraza. Navarra
Asociación Catalana de Padres Separados
Confederación Catalana de Padres Separados C.A.P.S.
APIF Cádiz
Padres sí somos
Asociación Custodia Compartida en Galicia Xa
SOSPAPA Valladolid
ACCI Custodia Compartida Almansa
Córdoba, por los derechos del menor y la igualdad efectiva
Asociación leonesa por la custodia compartida
Asociación de víctimas de la Ley de violencia de género
Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones para la Custodia Compartida, UEFACC
Asociación por la Custodia Compartida y la Igualdad en Castilla La Mancha,
Asociación nacional de hombres maltratados y víctimas de denuncias falsas
Asociación de Padres de Familia Separados de las Islas Baleares (APFSIB)
Asociación de afectados por denuncias falsas
Unión de separados de Valencia
SOS papamama
Federación de Asociaciones por la Custodia Compartida
Amnistía Infantil
Asociación Custodia Compartida Castilla León
Asociación por la custodia compartida y la igualdad de Cuenca. ACCI Cuenca
Dones per la igualtat i la custodia compartida
Federación valenciana por la igualdad y coparentalidad “Pare i Mare”
Asociación de padres y madres separados “Custodia Compartida ya”
Bienestar del menor
Asociación Oasis, Villena
ACIPAMA
Custodia Compartida, Padres y madres en igualdad [CCPMI]
APFS Aragón
APIF Ronda
Abuel@s por la custodia compartida
Hijos de padres separados
Asociación divorcio justo La Rioja
Asociación de padres de familia separados de Salamanca y proderechos de nuestros hijos
Edipo Rey, asociación contra la exclusión jurídica
4Septiembre2011
Posted by admin under: Actualidad ACCI CLM.
Moción y fundamentación para los ayuntamientos de la región promovida por la UEFACC.
Estimado/a Sr/a:
Me pongo en contacto con Vd. con objeto de transmitirle algunas reflexiones que, aunque seguramente ya conoce, resultan de gran importancia para las personas que integran el colectivo que represento como responsable del Área de Relaciones Institucionales de la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida (UEFACC), que desde hace años viene solicitando a todas las formaciones políticas una reforma profunda de la legislación en materia de familia.
Como usted sabe, en la última legislatura se aprobó una nueva Ley de Divorcio (Modificación del código civil en materia de separación y divorcio, Ley 15/2005, de 8 de julio) que si bien significó un intento de modernizar las normas que regulan las relaciones familiares tras la separación de la pareja, no obstante no ha satisfecho las expectativas depositadas por el colectivo afectado, hasta el punto de que dichas normas precisan una nueva revisión, máxime cuando dos Audiencias Provinciales (Navarra y Las Palmas), además de diversos juzgados españoles, han interpuesto numerosas cuestiones de constitucionalidad a dicha ley, ya que impide en la práctica, el ejercicio de una corresponsabilidad parental efectiva, que constituía el pilar fundamental de su exposición de motivos, al contemplar la custodia compartida de manera excepcional, únicamente bajo la conformidad de la Fiscalía, si existe acuerdo entre los padres y sólo si al menos alguno de los dos la solicita. No hay duda de que tantos condicionantes hacia la custodia compartida, obstaculizan claramente el ejercicio de la corresponsabilidad parental, y no consiguen otro resultado que fomentar el desacuerdo entre las partes y cronificar los conflictos derivados de una ruptura, con las devastadoras consecuencias que éstos producen sobre los hijos.
Es probable que usted conozca las propuestas de reforma que desde nuestra Federación hemos hecho llegar a los responsables políticos, así como a los medios de comunicación. De cualquier modo nos gustaría podérselas exponer personalmente, pues estamos convencidos de que usted, como representante institucional de su municipio, conoce en profundidad la magnitud de la problemática y comprende la urgencia de la búsqueda de soluciones para la misma. Sólo hace falta un poco de voluntad para acercarse a los problemas de los ciudadanos de a pie, para escuchar la queja de miles de personas que asisten como convidados de piedra a la conculcación de su derecho a la dignidad, de su derecho al libre desarrollo de su personalidad en relación con sus proyectos de filiación; y lo que es más grave, la conculcación sistemática del derecho de los menores a conservar la pluralidad de sus referentes familiares, referentes que sólo en tanto que múltiples pueden garantizar la autonomía personal futura y el buen desarrollo emocional de esos menores.
Recientemente parece que el sentido común comienza a vislumbrarse en no pocos órganos institucionales, que han decidido apostar firmemente por la implantación de la custodia compartida como la fórmula que mejor protege los intereses de la nueva familia, en especial los de los hijos, y que sin duda encaja mejor que ninguna otra con los nuevos modelos de familia, que por fortuna organizan su convivencia lejos del estereotipo decadente de una sociedad patriarcal.
De este modo, tanto las Cortes de Aragón como las Cortes Valencianas, dentro de sus competencias forales, han desarrollado sendas normas en este sentido, que sin duda constituyen el pistoletazo de salida para una reforma profunda a nivel estatal. Igualmente, el Ararteko, las Juntas Generales de Vizcaya, Álava y Guipúzcoa, el Parlamento Vasco, las Diputaciones de Almería, Cádiz y Granada, y el Parlamento de la Rioja, han instado formalmente al gobierno a que reconozca esta fórmula de manera general en la legislación. También el parlamento catalán ha dado un importante paso en este sentido y el parlamento gallego ya debate un nuevo texto que integra la custodia compartida como un derecho fundamental de los hijos. Incluso el Senado aprobó hace un año una moción en el mismo sentido y el Tribunal Supremo ha emitido varios fallos que apuestan sin ambages por la custodia compartida para proteger el interés superior del menor.
Desde la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida (UEFACC), hemos elaborado una moción para que los ayuntamientos y diputaciones provinciales soliciten formalmente al parlamento español una reforma legislativa que reconozca como escenario prioritario la custodia compartida de los hijos, concebida como un conjunto de derechos y deberes de ambos padres, cuyo ejercicio debe mantenerse y salvaguardarse cuando se presenta una ruptura, en lugar de truncarse, como viene ocurriendo en la mayor parte de los casos, para uno de los progenitores y para sus hijos.
Habida cuenta de los primeros resultados, nuestra satisfacción no ha podido ser mayor al constatar que la moción ha sido aprobada en todos los ayuntamientos en los que hasta ahora ha sido presentada: El Ejido y Chercos (Almería); Rota, Algar, San Fernando, Paterna de la Rivera, Algodonales y Cádiz (Cádiz); Jaén, Mengíbar, Úbeda, Andújar, La Carolina, Jódar, Baños de la Encina, Huesa, Villanueva del Arzobispo, Aldeaquemada y Torreperogil (Jaén); Granada; Medina del Campo (Valladolid); Sigüenza (Guadalajara); El Casar de Escalona (Toledo); Valencia, Paterna, Llíria, Burjassot, Torrent y Gandía (Valencia), Gandesa y Deltebre (Tarragona); Elantxobe, Trapagaran, Barrika, Sestao y Bilbao (Vizcaya), Llodio, Nanclares de la Oca y Vitoria (Álava), San Sebastián, Neda (La Coruña), Soto del Real y Madrid (Madrid), han dado un paso decisivo para cambiar las cosas.
Con objeto de ilustrar la solidez de nuestras propuestas, estimamos oportuno resaltar las argumentaciones de una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que ha creado jurisprudencia, en la que además de establecerse la guarda y custodia compartida a falta de acuerdo entre los padres, se realiza una perfecta exposición acerca de los evidentes beneficios que conlleva, calificándola como una modalidad del ejercicio de la responsabilidad parental basada en el respeto y en la colaboración, que facilita a los hijos comunes la más frecuente y equitativa comunicación con ambos progenitores, y distribuye de forma justa y proporcional la atención de las necesidades materiales de los hijos, con la previsión de un sistema ágil para la resolución de los desacuerdos que puedan surgir en el futuro. La sentencia no duda en resaltar las ventajas que se producen con el establecimiento de la custodia compartida: 1) Se garantiza a los hijos la posibilidad de disfrutar de la presencia de ambos progenitores, lo cual constituye el modelo de convivencia que más se acerca a la forma de vivir de los hijos antes de la ruptura, de manera que así ésta resulta menos traumática; 2) Se evita la aparición de sentimientos negativos en los menores como el miedo al abandono, sentimiento de lealtad o sentimiento de culpa; 3) Se fomenta una actitud más abierta de los hijos para aceptar el nuevo contexto y se evitan situaciones de manipulación de los padres frente a los hijos; 4) Se garantiza a los padres la posibilidad de seguir ejerciendo sus derechos y obligaciones inherentes a la responsabilidad parental y de participar en igualdad de condiciones en el desarrollo y crecimiento de sus hijos, evitando, así, el sentimiento de pérdida que tiene el progenitor no custodio y la desmotivación que se deriva en él respecto al abono de la pensión de alimentos, consiguiendo de este modo una mayor concienciación de ambos en la necesidad de contribuir a los gastos de los hijos; 5) No se cuestiona la idoneidad de ninguno de los progenitores, que además mantienen una equiparación en cuanto al tiempo libre para su vida personal y profesional, con lo que se evitan, de esta manera, dinámicas de dependencia en la relación con los hijos, que se convierten en la única razón de vivir de un progenitor al ser utilizados para suplir el dolor y vacío de la separación; 6) Este sistema obliga a los padres a cooperar, favoreciendo así la adopción de acuerdos, lo que se convierte asimismo en un modelo educativo de conducta para el menor.
Con estas reflexiones me despido, quedando a su disposición y adjuntándole a continuación el contenido de la moción que nos gustaría que presentara en su Ayuntamiento, una moción que inste al Parlamento a acometer una reforma que afiance y mejore la senda marcada por las Cortes de Aragón y Valencia, y abra definitivamente la puerta para la elaboración de una ley de ámbito estatal de acuerdo a las necesidades y demandas actuales de nuestra sociedad.
A tal fin, puede contactar conmigo a través del teléfono y e-mail referidos en el encabezado. Agradeciendo su atención y en espera de su respuesta, reciba un cordial saludo.
Fdo.: Fernando Basanta Ortega
Portavoz de UEFACC
MOCIÓN
PROPOSICION PARA LA ADOPCIÓN DE UN ACUERDO MUNICIPAL DE SOLIDARIDAD, APOYO, COLABORACIÓN E IMPULSO A FAVOR DE LA
“GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA”
Esta moción se presenta en el Ayuntamiento, a propuesta de la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida (UEFACC).
EXPOSICION DE MOTIVOS:
La igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida es una constante en los países democráticos y un objetivo primordial en la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.
Igualmente, la Convención sobre los Derechos del Niño, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1989, y ratificada por el Reino de España el 30 de Noviembre de 1990, obliga a los Estados a respetar el derecho de los niños a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos progenitores de modo regular.
En la actualidad miles de ciudadanos españoles, incluidos también miles de niños y niñas, se ven afectados por graves problemas tras la separación o divorcio de la pareja. Según el Instituto de Política Familiar hoy se celebran en España dos divorcios por cada tres matrimonios y se estima que casi la mitad de los matrimonios que se contraen acaban, antes o después, en divorcio. Esto quiere decir que la masa de población afectada es enorme. Sin embargo, las leyes que regulan las rupturas matrimoniales están anticuadas y es necesario reformarlas, pues producen graves perjuicios sobre todo en los menores, a los que no se les garantiza su derecho más elemental de continuar conviviendo con sus dos padres de forma igualitaria y alterna, convirtiéndoles a menudo en instrumento de arma arrojadiza o en moneda de cambio para obtener considerables beneficios materiales en el proceso de divorcio.
Estas leyes son normas de un pasado ya lejano, que no tienen en cuenta la transformación de la sociedad española, en la que la mujer ha logrado incorporarse con fuerza al mercado laboral y por tanto está en condiciones de mantener su autonomía. Por su parte los varones han adoptado un papel activo en la crianza de los hijos, se implican en sus cuidados desde el nacimiento y se preocupan por su educación, su bienestar y su futuro. En contra de esa evolución social, las normas relacionadas con el divorcio imponen a la mujer la especialización en la crianza de los hijos y en consecuencia son normas que entran en contradicción con las políticas de igualdad y progreso que pretenden fomentar y consolidar el desarrollo profesional de la mujer.
En la actualidad el índice de contenciosidad en la resolución de las disoluciones matrimoniales se sitúa en el 41%. Además, el actual modelo de divorcio impone, en el 92% de los casos, que los hijos queden a cargo de un solo progenitor, mientras el otro pasa a tener, a menudo de modo impuesto, un papel secundario y sin relevancia alguna, lo que con el tiempo, en la mayoría de los casos, trae consigo la desaparición de ese referente en la vida del menor. La pérdida injustificada de uno de los padres supone un drama para cualquier niño, drama que acaba produciendo desequilibrios emocionales que arrastrará en su adolescencia y en la vida adulta.
Las consecuencias de este sistema adversarial de ganadores y perdedores, lejos de garantizar el ejercicio de los derechos y deberes, incentiva el conflicto en el seno de la familia, provocando la desaparición brutal de un progenitor en la vida de sus hijos y dificultando enormemente la posibilidad de que el divorcio pueda significar una oportunidad real para rehacer la vida de los adultos y al mismo tiempo normalizar y armonizar la vida de los menores con sus dos padres.
Atendiendo a criterios de derechos de los niños, así como de igualdad y corresponsabilidad de los progenitores, son numerosos los países que han introducido la “Guarda y Custodia Compartida o responsabilidad parental compartida” en su legislación. Tal es el ejemplo de Alemania, Austria, Australia, Bélgica, Canadá, Dinamarca, EE.UU. Francia, Inglaterra y Gales, Italia, Portugal, Republica Checa, Suecia, Argentina, Brasil, Colombia, Perú, Puerto Rico, etc.
Por otra parte y como demuestran las encuestas de opinión publicadas recientemente así como las iniciativas legislativas aprobadas en diversos ayuntamientos, parlamentos autonómicos, diputaciones, juntas generales y Senado, la sociedad actual acepta y se posiciona mayoritaria y claramente a favor de la “Guarda y Custodia Compartida”, aún a falta de acuerdo entre los padres.
ACUERDO:
Esta Corporación Municipal, siempre en su obligación de velar por el mejor interés de los menores y por reivindicar y defender los derechos civiles de los ciudadanos adultos y niños, donde son vulnerados, acuerda:
1. Considerar la figura jurídica de la “Guarda y Custodia Compartida” de los hijos, como el mayor garante del interés superior de los mismos, el cual es por encima de cualquier otro, el continuar compartiendo sus vidas en igualdad temporal, espacial y legal, con sus dos progenitores.
2. Considerar que la Guarda y Custodia Compartida constituye un derecho fundamental de los menores, así como el recurso jurídico y familiar que de modo general asegura la igualdad de las partes en estos procesos, impidiendo que uno de los progenitores se eleve con el monopolio exclusivo de los menores, con el riesgo de utilización y manipulación de los mismos.
3. Instar al legislador a que modifique el Código Civil para que éste recoja el ejercicio de la Guarda y Custodia Compartida desde el mismo momento en que se presenta ante el juzgado una demanda de separación o divorcio, salvo los casos excepcionales que puedan producirse. El poder judicial deberá velar por este derecho básico de los menores.
4. Desde el ámbito de responsabilidad municipal, esta corporación se compromete a transmitir los valores de igualdad y de corresponsabilidad parental que comportan la Guarda y Custodia Compartida, a todos sus órganos y muy especialmente en el área de familia, igualdad y en la de servicios sociales.
5. Instar a las Cortes Generales para que de modo urgente aborde las modificaciones legales pertinentes en el Código Civil de manera que figure la Guarda y Custodia Compartida como un derecho del menor que se ha de otorgar de modo general aún en defecto de acuerdo de las partes, considerando igualmente las interacciones negativas que se producen con la Ley de Violencia de Género.
Elévese esta moción a los siguientes órganos institucionales solicitando la aprobación de la misma:
· Congreso de los Diputados
ü Mesa del Congreso
ü Grupos parlamentarios
ü Comisión de Justicia
ü Comisión de Igualdad
· Senado
ü Mesa del Senado
ü Grupos parlamentarios
ü Comisión de Justicia
ü Comisión de Igualdad
· Defensor del Pueblo de España y de cada CC.AA.
· Consejo General del Poder Judicial
· Tribunal Constitucional
· Fiscalía General del Estado
· Cortes y Parlamentos de todas las Comunidades Autónomas
6Julio2011
Posted by admin under: Actualidad ACCI CLM.
Valencia, 3 de julio de 2011
Como consecuencia de la decisión del Gobierno de recurrir al Tribunal Constitucional la Ley Valenciana de Custodia Compartida, la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida (UEFACC) anuncia la convocatoria de nuevas acciones de protesta, así como la intención de emprender de forma inminente medidas judiciales contra el gobierno español en los tribunales internacionales, por haberse consagrado como el paradigma de los gobiernos de corte machista, cavernario y opuesto a la evolución de la sociedades avanzadas hacia la igualdad entre hombres y mujeres, así como a la protección de menores.
Resulta paradójico que el gobierno de Zapatero decida recurrir al TC una ley sin duda moderna, progresista y protectora de la familia, respaldada por la judicatura valenciana, cuando varias Audiencias Provinciales y Decanatos Judiciales de España han interpuesto cuestiones de constitucionalidad a la Ley de Divorcio de 2005, que fue uno de los primeros grandes engaños de la legislatura socialista, porque dichas cuestiones se refieren a enmiendas que el PSOE votó en sentido contrario a lo pactado en el Senado, y que convirtieron el articulado de la ley en un campo minado que imposibilitó en la práctica la consecución de los principios y objetivos que sustentaban su propia exposición de motivos: la corresponsabilidad parental y el fin de los divorcios gestionados bajo un sistema culpabilístico.
Sin embargo, ahora el gobierno, en lugar de reconocer su grave metedura de pata y corregir su propia ley estatal, insiste en hacer perder el tiempo a un más que cuestionado Tribunal Constitucional, provocando que la Judicatura en bloque recurra su ley de divorcio, mientras plantea cuestiones de constitucionalidad a las leyes hechas desde la seriedad y la reflexión profunda de las Cortes Valencianas. No vamos a permitir por más tiempo que el gobierno socialista continúe corrompiendo sin rubor el concepto de constitucionalidad.
Además, es indecente que se condicione la capacidad de autogobierno de las comunidades autónomas de forma diferenciada en función del sentido ideológico de sus leyes. Estas graves injerencias, son altamente inconsistentes con la permisividad que el gobierno otorga en otras comunidades.